Capítulo CAPÍTULO I

Art. 5

En vigor desde 7 nov 2015
1. El CESED dispondrá de autonomía organizativa y pedagógica para llevar a cabo la oferta de enseñanzas deportivas establecida en su proyecto funcional. 2. Debido a las características específicas de las enseñanzas deportivas de régimen especial, de sus competencias profesionales y de los procesos de aprendizaje deportivos, la acción tutorial base de la formación a distancia se realizará mediante tutorías por vía telemática, de forma presencial, o mediante la realización de tutorías de ambos tipos a los largo de un calendario específico para cada una de los módulos que se imparten en el ciclo. 3. Las tutorías presenciales se basarán en la realización de actividades prácticas de carácter obligatorio, donde se posibilite la adquisición de aquellas competencias específicas de carácter más técnico que así lo requieran.
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eli/es/rd/2015/10/23/950#art-5

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