Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final primera
En vigor desde 8 sept 2001
De acuerdo con lo dispuesto en la disposición final primera de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, la presente norma tiene carácter básico, al amparo de lo establecido en el artículo 149.1, 15.ª y 25.ª, de la Constitución.
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Proeli/es/rd/2001/08/03/949#disposicion-final-primera