Libro REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACIÓN›Título TÍTULO V
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 1 ene 2006
Lo dispuesto en este reglamento en relación con el embargo de los derechos de cesión del contrato de arrendamiento de local de negocio será aplicable al embargo de los derechos de traspaso en tanto estos subsistan.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2005/07/29/939#disposicion-transitoria-primera