Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 13

En vigor desde 1 sept 2010
1. Para impartir los módulos del bloque común y los resultados de aprendizaje de carácter conceptual del los módulos del bloque específico, de los ciclos de grado superior en vela con aparejo fijo y grado superior en vela con aparejo libre, la relación profesor/alumno será de 1/30. 2. Para impartir los resultados de aprendizaje de carácter procedimental de los módulos del bloque específico de los ciclos de grado superior en vela con aparejo fijo y grado superior en vela con aparejo libre, la relación profesor/alumno será la recogida en el Anexo IV.
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eli/es/rd/2010/07/23/936#art-13

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