Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 29 oct 2020
Sin perjuicio de la entrada en vigor de este real decreto, los actuales planes de estudios mantendrán su vigencia hasta tanto se aprueben los nuevos ajustados a estas directrices generales. Una vez aprobados los nuevos planes de estudios, sus precedentes se extinguirán curso por curso de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1.b del Reglamento que aprueba este real decreto.
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eli/es/rd/2020/10/27/935#disposicion-transitoria-unica

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