Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 18
En vigor desde 1 sept 2010
1. Para impartir los módulos del bloque común y los contenidos relacionados con los resultados de aprendizaje de carácter conceptual del los módulos del bloque específico, de los ciclos inicial de grado medio en vela con aparejo fijo y aparejo libre, final de grado medio en vela con aparejo fijo y final de grado medio en vela con aparejo libre, la relación profesor/alumno será de 1/30.
2. Para impartir los contenidos relacionados con los resultados de aprendizaje de carácter procedimental de los módulos del bloque específico de los ciclos inicial de grado medio en vela con aparejo fijo y aparejo libre, final de grado medio en vela con aparejo fijo y final de grado medio en vela con aparejo libre, la relación profesor/alumno será la recogida en el Anexo V.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2010/07/23/935#art-18