Art. Disposición final quinta
En vigor desde 14 oct 2017
Se modifica el artículo 1 del Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE), aprobado por Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, cuyo tenor pasa a ser:
«Artículo 1. Naturaleza, adscripción y denominación.
1. El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) es entidad pública empresarial de las previstas en el artículo 103 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. La entidad pública empresarial IDAE tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.
3. El IDAE estará adscrito al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital a través de la Secretaría de Estado de Energía, a la que le corresponde su dirección estratégica y la evaluación y el control de eficacia de sus actuaciones, en los términos previstos en los artículos 85 y 103.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. Su denominación es E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2017/10/13/903#disposicion-final-quinta