Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
En vigor desde 15 ago 2001
El ingreso efectivo en la Real y Militar Orden se producirá desde el momento de la publicación del Real Decreto de concesión de la Cruz Laureada de San Fernando o de la Medalla Militar.
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Proeli/es/rd/2001/07/27/899#art-5