Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 9

En vigor desde 15 ago 2001
1. La Maestranza está constituida por la Comisión Permanente y la Unidad Administrativa y se encarga de la gestión y tramitación de todos los asuntos de la Real y Militar Orden. 2. La Comisión Permanente presidida por el Maestre, está constituida por seis Caballeros o Damas Cruces Laureadas o Medallas Militares. Depende orgánica y funcionalmente del Gran Maestre y sus miembros serán designados por Orden ministerial, a propuesta de éste. Son funciones de la Comisión Permanente: a) Formular, a la vista de los correspondientes expedientes, las propuestas de calificación de los hechos para la concesión de Cruces Laureadas de San Fernando y Medallas Militares. b) Informar y ejecutar los acuerdos que la Asamblea le remita a tal efecto. c) Elevar a la Asamblea cuantos asuntos estime que son de su competencia o que les sean reclamados por aquélla. d) Asistir al Capítulo y a la Asamblea en el desarrollo de sus funciones. e) Adoptar las medidas necesarias para organizar, coordinar y supervisar los actos capitulares y demás actos solemnes de la Real y Militar Orden. f) Tramitar o resolver, en su caso, las solicitudes que le sean formuladas por los miembros de la Orden o sus derechohabientes, así como por cualquier persona en relación con sus competencias. g) Elaborar los presupuestos de la Real y Militar Orden. h) Realizar el seguimiento de la localización y movilidad de las Banderas o Estandartes condecorados con la Corbata de la Laureada o de la Medalla Militar y de sus Guiones-Enseña. 3. La Unidad Administrativa, que será la misma que la de la Cancillería de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, actuará, en cuanto Unidad Administrativa de la Real y Militar Orden de San Fernando, bajo la dirección del Maestre, del que depende funcionalmente. Son funciones de la Unidad Administrativa: a) Preparar los asuntos de los que haya de conocer la Asamblea, remitiéndoselos a través de la Comisión Permanente. b) Llevar los archivos y registros propios de la Orden. c) Custodiar y tener actualizadas las relaciones y los expedientes de todos los Caballeros y Damas Grandes Cruces Laureadas, Cruces Laureadas y Medallas Militares, en cualquier situación que se encuentren, así como de los derechohabientes de los fallecidos. d) Recopilar datos, bibliografía y cuantos documentos y publicaciones afecten a la Real y Militar Orden de San Fernando o a sus miembros. e) Llevar la estadística de las Unidades, Centros y Organismos militares, que ostenten la Laureada o la Medalla Militar Colectivas, y el historial y los datos relativos a su concesión.
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eli/es/rd/2001/07/27/899#art-9

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