Art. 2
En vigor desde 11 oct 2025
1. El Consejo Superior está adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.
2. En lo no previsto por este real decreto y por su reglamento interno, el Consejo Superior adecuará su funcionamiento a lo establecido en la Sección 3.ª del Capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Proeli/es/rd/2025/10/08/898#art-2