Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 8 oct 2017
Los requisitos para la aplicación del bono social podrán ser comprobados a través de otros mecanismos que se establezcan por medios telemáticos articulados desde la Administración General del Estado, como en su caso la Tarjeta Social Universal.
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eli/es/rd/2017/10/06/897#disposicion-adicional-tercera

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