Libro REGLAMENTO DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES›Título TÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 25 oct 2006
Se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda para que mediante Orden Ministerial establezca las normas que regulen los procedimientos relativos a la justificación de subvenciones mediante el empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
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Proeli/es/rd/2006/07/21/887#disposicion-final-segunda