Art. Disposición final segunda
Libro REGLAMENTO DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONESTítulo TÍTULO IV

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 25 oct 2006
Se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda para que mediante Orden Ministerial establezca las normas que regulen los procedimientos relativos a la justificación de subvenciones mediante el empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
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