Libro REGLAMENTO DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONESTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª De los módulos

Art. 79

En vigor desde 25 oct 2006
Los beneficiarios están dispensados de la obligación de presentación de libros, registros y documentos de trascendencia contable o mercantil, salvo previsión expresa en contrario en las bases reguladoras de la subvención.
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eli/es/rd/2006/07/21/887#art-79

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