Art. Disposición final segunda
En vigor desde 6 dic 2012
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, se modifica la cualificación profesional establecida por el mismo real decreto como Anexo CDIV, "Amarre de puerto y monoboyas", perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, eliminando la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 "Maniobra y mantenimiento del buque", con una duración de 80 horas, modificándose la duración total de la formación asociada a la cualificación de 260 horas a 180 horas. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación incorporando en el apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes la ocupación de "marinero".
Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 1587/2012, de 23 de noviembre. Ref. BOE-A-2012-14816 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2011/06/24/885#disposicion-final-segunda