Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 199

En vigor desde 12 oct 2014
El Servicio Periférico de Costas notificará al Registro de la Propiedad las resoluciones administrativas que ordenen la reposición o restitución para que aquél tome la correspondiente nota marginal respecto a las construcciones o instalaciones afectadas que hayan podido ser objeto de inmatriculación. Cuando la resolución sea firme se procederá a la cancelación del asiento correspondiente.
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eli/es/rd/2014/10/10/876#art-199

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