Art. Disposición final primera
En vigor desde 7 nov 2017
Este real decreto se dicta al amparo de lo establecido en las reglas 13.ª y 15.ª del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, respectivamente.
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Proeli/es/rd/2017/09/29/873#disposicion-final-primera