Art. Disposición adicional octava

En vigor desde 14 jul 2018
1. El Instituto de España, corporación de derecho público con personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, se relaciona administrativamente con el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a efectos de su vinculación con la Administración General del Estado. 2. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades la relación administrativa con las Reales Academias y las Academias de ámbito nacional. 3. Las referencias relativas al extinto Ministerio de Educación contenidas en la normativa reguladora del Instituto de España y de las Reales Academias integrantes del mismo, así como de las academias de ámbito nacional asociadas, se entenderán efectuadas al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2018/07/13/865#disposicion-adicional-octava

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil