Título TITULO IV›Capítulo CAPITULO III
Art. 305
En vigor desde 30 abr 1986
La obligación de satisfacer la tarifa tendrá carácter periódico y anual y nace en el momento en que puedan utilizarse las instalaciones de las obras hidráulicas específicas, conducirse el agua y suministrarse a los terrenos o usuarios afectados.
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Proeli/es/rd/1986/04/11/849#art-305