Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Asignación de los destinos

Art. 27

En vigor desde 23 mar 2018
La asignación de destinos de libre designación, tanto con carácter voluntario como anuente, requerirá informe previo, no vinculante, del jefe de la unidad a la que pertenezca la vacante anunciada.
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eli/es/rd/2017/09/22/848#art-27

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