Art. 27
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Asignación de los destinos

Art. 27

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En vigor desde 23 mar 2018
La asignación de destinos de libre designación, tanto con carácter voluntario como anuente, requerirá informe previo, no vinculante, del jefe de la unidad a la que pertenezca la vacante anunciada.
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eli/es/rd/2017/09/22/848#art-27