Art. 20

En vigor desde 29 dic 2023
1. Corresponde al Ministerio de Igualdad la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de igualdad y de las políticas dirigidas a hacer real y efectiva la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de toda forma de discriminación. 2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres. Se modifica el apartado 2 por el art. único.4 del Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-26727

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2023/11/20/829#art-20

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil