Art. 22

En vigor desde 29 dic 2023
1. Corresponde al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de telecomunicaciones, sociedad de la información, transformación digital y el desarrollo y fomento de la inteligencia artificial. 2. Asimismo corresponde al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de administración pública, función pública, y gobernanza pública. 3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores: a) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales. b) La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. c) La Secretaría de Estado de Función Pública. Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-26727

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2023/11/20/829#art-22

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil