Título INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC EP–7Capítulo CAPÍTULO III

Art. 8

En vigor desde 2 ene 2022
1. Empresas reparadoras. Las reparaciones de todos los equipos incluidos en la presente ITC serán realizadas por empresas de la categoría ERP-2, prevista en el anexo I del Reglamento de equipos a presión. 2. Alcance de las reparaciones. Las reparaciones que afecten a una parte importante del equipo serán consideradas como «gran reparación», atendiendo a los criterios indicados en el siguiente apartado. Cuando se trate de reparaciones que afecten a partes sometidas a presión, cuya amplitud no alcance el rango de «gran reparación», se realizarán por la usuaria o usuario las comprobaciones necesarias, debiendo someterse al equipo a la correspondiente prueba de presión o a los ensayos no destructivos que se consideren adecuados. 3. Gran reparación. 3.1 Se considera que una reparación en la envolvente de recipientes e intercambiadores alcanza la categoría de «gran reparación» cuando corresponda a alguno de los siguientes casos: a) Cuando la longitud de la soldadura interesada, expresada porcentualmente respecto a la longitud del equipo, medida entre tangentes a los fondos para soldaduras longitudinales y al desarrollo del perímetro para las circunferenciales, iguale o supere los valores del cuadro indicado en este apartado. Quedan exceptuadas las soldaduras de sellado y todas aquellas otras que no afecten adversamente a las características mecánicas y metalúrgicas de los elementos resistentes del aparato. b) Cualquiera que sea su extensión, en aparatos sometidos a vacío, excepto los que contengan fluidos incombustibles, o no formadores de mezclas explosivas. c) En los recipientes de la clase 1 no se considerarán como gran reparación las realizadas en las tubuladuras con diámetro inferior o igual a DN 80. De igual forma, en los recipientes de las clases 2 y 3 no tendrán esa consideración las realizadas en cualquiera de las tubuladuras o los recargues de soldadura. Clase 1 Clase 2.ª Clase 3.ª Tipo de juntas Tipo de juntas Tipo de juntas Soldadura longitudinal Soldadura circunferencial Soldadura longitudinal Soldadura circunferencial Soldadura longitudinal Soldadura circunferencial 5 % 10 % 15 % 30 % 20 % 40 % 3.2 En el caso de las tuberías, se define como «gran reparación» toda aquella que cumpla las siguientes condiciones simultáneamente: a) Que en el procedimiento de soldadura se incluya tratamiento térmico o que los espesores de las tuberías a unir sean ambos superiores a 12 milímetros. b) Que el número de soldaduras de unión entre tubos realizadas sea superior a las indicadas en la tabla siguiente: Categorías/ R.D. 709/2015 Número de soldaduras III Cualquiera II 6 I 12 3.3 Expediente técnico de reparación. Las reparaciones que sean consideradas como «gran reparación», de acuerdo con lo indicado en el apartado anterior, deberán disponer de un Expediente técnico de reparación elaborado por la empresa reparadora, en el que se incluya: a) Número de inscripción en el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente. b) Identificación del equipo a presión o tubería, características y clasificación, e información de su puesta en servicio de acuerdo con esta ITC. c) Razones que motivan su reparación. d) Descripción completa de la reparación, incluyendo planos de detalle de la misma. e) Documentos que avalen la idoneidad de los materiales de base y de aportación correspondientes a los componentes empleados en su reparación, aprobados por la empresa reparadora, ingeniería u organismo de control. f) Procedimiento de reparación, soldadura, tratamientos térmicos y controles, calificación de procedimientos de soldadura y soldadoras o soldadores, todo ello aprobado por la empresa reparadora, ingeniería u organismo de control. g) Plano de situación de las zonas sometidas a control por ensayos no destructivos, ensayos requeridos, extensión de los mismos y resultados. Los registros de los Ensayos No destructivos realizados, incluyendo en su caso las placas radiográficas, serán conservados por la usuaria o usuario durante cinco años, como mínimo, a partir de la fecha de reparación del equipo o tubería. h) Certificado de ensayos y pruebas realizadas durante la reparación suscritos por la persona técnica titulada competente de la empresa reparadora. i) Acta de prueba de presión suscrita por un organismo de control. 3.4 Todo equipo o tubería que sufra una «gran reparación», deberá ser sometido a las siguientes inspecciones y pruebas: a) Una inspección por parte de un organismo de control para comprobar que el equipo o tubería ha sido reparado de acuerdo con la documentación contenida en el expediente de reparación. b) Un examen del aparato o tubería reparada y una prueba de presión de valor y condiciones iguales a las de la primera prueba, por parte de un organismo de control. La prueba de presión incluirá al menos la parte reparada. En el caso de no probarse todo el equipo, la inspección realizada no se considerará como inspección periódica. La prueba de presión podrá sustituirse por aquellas otras pruebas o ensayos que aporten una seguridad equivalente, siempre que haya razones técnicas que lo justifiquen y, en todo caso, de acuerdo con el artículo 12 del Reglamento. Si los resultados de estas inspecciones y pruebas fueran aceptables, el equipo reparado podrá ponerse en servicio.
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eli/es/rd/2021/09/21/809#art-8-7

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