Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 15
En vigor desde 27 jul 2001
La protección operacional de los trabajadores expuestos se basará en los siguientes principios:
a) Evaluación previa de las condiciones laborales para determinar la naturaleza y magnitud del riesgo radiológico y asegurar la aplicación del principio de optimización.
b) Clasificación de los lugares de trabajo en diferentes zonas, teniendo en cuenta: la evaluación de las dosis anuales previstas, el riesgo de dispersión de la contaminación y la probabilidad y magnitud de exposiciones potenciales.
c) Clasificación de los trabajadores expuestos en diferentes categorías según sus condiciones de trabajo.
d) Aplicación de las normas y medidas de vigilancia y control relativas a las diferentes zonas y a las distintas categorías de trabajadores expuestos, incluida, en su caso, la vigilancia individual.
e) Vigilancia sanitaria.
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Proeli/es/rd/2001/07/06/783#art-15