Art. 2

En vigor desde 27 ago 2017
Como órgano colegiado, la Comisión para el Diálogo Civil con la Plataforma del Tercer Sector se regirá por lo dispuesto en la Subsección 2.ª de la Sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en este Real Decreto y en el Reglamento de funcionamiento interno que apruebe de la propia Comisión.
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eli/es/rd/2017/07/28/774#art-2

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