Art. 7
En vigor desde 30 jul 2017
1. Corresponde a la Dirección General para América del Norte, Asia y Pacífico el ejercicio de las siguientes competencias:
a) La propuesta y ejecución de la política exterior de España en su área geográfica correspondiente.
b) El impulso de las relaciones bilaterales con los países que engloba.
c) El seguimiento de las iniciativas y foros multilaterales del área geográfica de su competencia.
d) El impulso a las Fundaciones Consejo España-Estados Unidos; España-China; España-Japón, España-india y España-Australia.
2. La Dirección General se estructura en los siguientes órganos directivos con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de América del Norte, a la que corresponde, en su ámbito geográfico, el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a), b) y c) del apartado anterior; el de la Vicepresidencia del Comité Permanente Hispano-Norteamericano; la coordinación de la ejecución y el seguimiento del Convenio de Cooperación para la Defensa entre el Reino de España y los Estados Unidos de América; y la elaboración y puesta en marcha del Plan de Acción hacia la Comunidad Hispana en EE.UU.
b) La Subdirección General de Asia Meridional y Oriental, a la que corresponde, en su ámbito geográfico, el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a), b) y c) del apartado anterior.
c) La Subdirección General de Pacífico, Sureste Asiático y Filipinas, a la que corresponde, en su ámbito geográfico, el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a), b) y c) del apartado anterior, el seguimiento de los asuntos de la ASEAN y otros foros regionales en Asia-Pacífico, y del proceso ASEM.
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Proeli/es/rd/2017/07/28/768#art-7