Título REGLAMENTO NACIONAL DE LOS SERVICIOS URBANOS E INTERURBANOS DE TRANSPORTES EN AUTOMÓVILES LIGEROSCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Caducidad y revocación de las licencias y responsabilidad de sus titulares y conductores

Art. 52

En vigor desde 14 abr 1979
La enunciación de las faltas contenidas en los artículos anteriores, se entenderá sin perjuicio de las que puedan definir las Ordenanzas o Reglamentos municipales por infracción de sus normas peculiares.
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eli/es/rd/1979/03/16/763#art-52

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