Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 2 ene 2027
A efectos de este reglamento se entiende por: a) Analfabetismo: de acuerdo con la UNESCO, situación en la que se encuentra aquella persona que no sabe leer ni escribir, ni comprende un texto sencillo, ni puede exponer de forma elemental hechos de su vida cotidiana. Se entiende por analfabetismo funcional aquella situación que se da en personas que, sabiendo leer y escribir, no comprenden bien los derechos y obligaciones derivados de un contrato sencillo. b) Apoyos visuales: cualquier elemento visual, como una imagen, objeto o gesto, que representa información verbal y sirve de apoyo a la comprensión, la comunicación y la interacción. c) Capacidades cognitivas: aquellas referidas a funciones del cerebro, entre las que se encuentran la comprensión, la atención, la memoria, el lenguaje, la orientación, la organización y la planificación. d) Comunicación aumentativa y alternativa: medio que emplea una persona con dificultades en la comunicación oral, para expresarse e interactuar de forma efectiva en cualquier entorno, contando para ello con los apoyos necesarios y adecuados a sus capacidades, cuyo uso es compartido con sus interlocutores, y que le posibilita el ejercicio de sus derechos, así como su participación activa en la sociedad. Se considera comunicación aumentativa cuando el medio empleado por la persona complementa y acompaña a su comunicación oral. Se considera comunicación alternativa cuando el medio empleado sustituye a la comunicación oral. e) Dificultades cognitivas: barreras que encuentra una persona en la comprensión, comunicación e interacción con otras personas y con su entorno, derivadas de discapacidad, de situaciones de salud, de la edad, de factores socioeconómicos –como la pobreza o el analfabetismo– o de factores contextuales –como el desconocimiento del idioma, entre otras circunstancias. Estas dificultades pueden limitar la realización de actividades o restringir la participación social y el ejercicio de los derechos y libertades. f) Discapacidad intelectual: implica una serie de limitaciones en el funcionamiento intelectual y la conducta adaptativa, es decir, en el aprendizaje, la comprensión, el razonamiento y/o en aquellas habilidades que le permiten responder ante distintas situaciones y lugares. La discapacidad intelectual se expresa en la relación con el entorno. Por tanto, depende tanto de la propia persona como de las barreras u obstáculos que tiene alrededor. La discapacidad intelectual generalmente es permanente, es decir, para toda la vida, y tiene un impacto importante en la vida de la persona y de su familia. g) Diseño de sistemas de orientación espacial: se refiere al diseño de recursos y sistemas que permiten y facilitan los procesos de navegación y orientación en el entorno, con el propósito de desplazarse de forma eficaz, eficiente y segura. h) Grandes necesidades de apoyo: aquellas situaciones que requieren una intensidad y/o frecuencia de apoyos alta o permanente para realizar las actividades de la vida diaria y que, en consecuencia, configuran el desarrollo y bienestar de la persona que las precisa. i) Lectura fácil: método que recoge un conjunto de pautas y recomendaciones relativas a la redacción de textos, al diseño, maquetación y formato de publicación de documentos y a la validación de la comprensibilidad de los mismos, destinado a hacer accesible la información a las personas con dificultades de comprensión lectora. Con el objetivo de hacer un texto cognitivamente accesible mediante la lectura fácil, se recomienda seguir las pautas y recomendaciones señalados por la norma UNE 153101 en su versión más actualizada o la análoga en vigor. j) Lenguaje claro: comunicación que prioriza a las personas lectoras y considera lo que quieren y necesitan saber; el nivel de interés, su experiencia y alfabetización; y el contexto en el que utilizarán el documento. Garantiza que las personas lectoras puedan encontrar lo que necesitan, comprenderlo y utilizarlo. Con el objetivo de hacer un texto cognitivamente accesible mediante el lenguaje claro, se recomienda seguir las pautas y recomendaciones de la norma UNE-ISO 24495-1, en su versión más actualizada, o la análoga en vigor. k) Lenguaje sencillo: es la comunicación que, transmitida en forma oral, escrita o ambas en combinación, pone a las personas en primer lugar y considera lo que quieren y necesitan saber, el nivel de interés, su experiencia y competencia lingüística; así como el contexto en el que dicha comunicación se lleva a cabo. Garantiza que las personas obtengan la información que necesitan, la comprendan y puedan utilizarla. El lenguaje sencillo implica, entre otras recomendaciones, la utilización de frases cortas, el recurso a palabras de uso común o la sustitución de acrónimos, pudiendo apoyarse en imágenes para facilitar la comunicación. l) Pictogramas: representación visual de un referente, real o abstracto, como un objeto, un espacio, una acción, una actividad o una persona. Los pictogramas, cuando se usan como código comunicativo, han de adaptarse a las capacidades cognitivas y lingüísticas de cada persona usuaria, mientras que los pictogramas para la señalización deben estandarizarse teniendo en cuenta los referentes consensuados para su diseño y la evaluación de su comprensibilidad y percepción, de modo que pueda hacerse de ellos un uso extenso. m) Producto de apoyo: dispositivo, instrumento, equipamiento o software que optimiza el funcionamiento de una persona y reduce su discapacidad. Puede tratarse de productos fabricados especialmente o disponibles en el mercado general. n) Señalización accesible: conjunto de elementos de texto, pictogramas, flechas y encaminamientos con la función de informar, identificar, orientar, dirigir o regular la comprensión y el uso de un espacio. Estos elementos de señalización deben ser perceptibles y comprensibles para todas las personas.
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eli/es/rd/2026/09/02/707#art-3

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