Art. Disposición final primera
En vigor desde 1 jul 2018
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución, y en ejercicio de las competencias estatales de desarrollo y ejecución en relación con especies, espacios, hábitats o áreas críticas situados en el medio marino.
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Proeli/es/rd/2018/06/29/699#disposicion-final-primera