Art. [preambulo]

En vigor desde 30 jun 2010
El Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, del Consejo, de 20 de julio, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas, basada en el Convenio europeo de protección de los animales en explotaciones, del Consejo de Europa, ratificado por España el 21 de abril de 1988, estableció el marco básico de protección animal en dicho ámbito. El Comité Permanente de dicho Convenio adoptó en 1995 una Recomendación relativa a las aves de corral (Gallus gallus), que incluía disposiciones suplementarias para las aves destinadas a la producción de carne. Mediante la Directiva 2007/43/CE, del Consejo, de 28 de junio de 2007, por la que se establecen las disposiciones mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne, se han establecido las normas específicas para dichos animales, de acuerdo con la Directiva 98/58/CE, del Consejo, de 20 de julio y con la Recomendación citada. El presente real decreto incorpora al ordenamiento jurídico interno la citada Directiva 2007/43/CE, del Consejo, de 28 de junio de 2007. Se hace necesario, asimismo, modificar parcialmente el Real Decreto 1084/2005, de 16 de septiembre, de ordenación de la avicultura de carne, en el cual se incluyen previsiones respecto de las exigencias de bienestar animal, a fin de excluir del mismo a las explotaciones de producción de carne, una vez que se ha aprobado normativa armonizada para toda la Unión Europea. Asimismo, se adapta el contenido a la normativa comunitaria en materia de control de salmonelas y a las particularidades de ciertas producciones locales, donde en la explotación se realiza únicamente cierta parte del ciclo productivo. Finalmente, se modifica por medio de esta norma el Real Decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros, que debe realizarse para su adaptación a la corrección de errores de la Directiva 97/2/CE del Consejo, de 20 de enero de 1997, por la que se modifica la Directiva 91/629/CEE relativa a las normas mínimas para la protección de terneros, cuya versión codificada se ha aprobado mediante la Directiva 2008/119/CE, del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativa a las normas mínimas para la protección de terneros. Dado el marcado carácter técnico de esta norma se considera ajustada su adopción mediante real decreto. En la elaboración de esta disposición han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas de los intereses de los sectores afectados. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y de la Ministra de Sanidad y Política Social, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2010, DISPONGO:
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eli/es/rd/2010/05/20/692#preambulo-pr

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