Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 11 feb 2015
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, las medidas incluidas en este real decreto no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.
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eli/es/rd/2015/02/06/69#disposicion-adicional-sexta

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