Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 16

En vigor desde 22 jun 2000
Las comisiones de seguimiento de los contratos tipo de productos agroalimentarios son entidades con personalidad jurídica propia e independiente de la de sus miembros, naturaleza privada y carácter representativo, careciendo de ánimo de lucro.
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eli/es/rd/2000/05/12/686#art-16

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