Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

En vigor desde 22 ago 2022
El Parque Móvil del Estado, O.A., es un organismo autónomo de los previstos en el artículo 98.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Subsecretaría del Departamento, la cual ejercerá respecto del organismo la dirección estratégica, la evaluación y el control de eficacia, en este último caso, a través de la Inspección de los Servicios del Departamento. El organismo estará sometido a la supervisión continua del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Intervención General de la Administración del Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 85.3 de la referida Ley 40/2015, de 1 de octubre.
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eli/es/rd/2022/08/01/663#art-1

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