Capítulo CAPITULO IV›Secc. Sección 3.ª Tarifas y primas
Art. 38
En vigor desde 2 feb 2013
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 36 anterior, para las instalaciones del grupo b.2:
1. Para las instalaciones del subgrupo b.2.2, se establece una tarifa máxima de referencia a efectos del procedimiento de concurrencia que se regule para el otorgamiento de reserva de zona para instalaciones eólicas en el mar territorial con un valor de 14,8557c€/kWh.
2. A los efectos de lo establecido en los artículos 17.c) y 22, se establece como objetivo de potencia instalada de referencia para la tecnología eólica, 20.155 MW sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44.
Se modifica el título y el apartado 1 por el .3 del Real Decreto-ley 2/2013, de 1 de febrero. Ref. BOE-A-2013-1117 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/05/25/661#art-38