Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 1 sept 2013
1. En el ejercicio de sus funciones y para el cumplimiento de los fines que le han sido asignados, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia cuenta con autonomía orgánica y funcional y actúa con plena independencia del Gobierno, de las Administraciones Públicas y de cualquier interés empresarial o comercial. 2. Sin perjuicio de la colaboración con otros órganos y de las facultades de dirección de la política general del Gobierno a través de su capacidad normativa, en el desempeño de sus funciones, ni el personal ni los miembros de los órganos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrán aceptar ni solicitar instrucciones de ninguna entidad pública o privada.
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eli/es/rd/2013/08/30/657#art-2

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