Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 5 feb 2026
Los servicios generales y comunes del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa continuarán ejerciendo sus funciones en relación con la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas hasta que la Agencia cuente con presupuesto propio y se produzca la completa integración de los medios y sistemas que fueren precisos para ser asumidos por la misma, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
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