Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 11.ª Transporte de las muestras de sangre

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 28 may 2009
Se autoriza a la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia a dictar cuantas disposiciones resulten precisas para desarrollar el presente real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2009/04/17/641#disposicion-final-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil