Capítulo CAPÍTULO V

Art. 20

En vigor desde 20 dic 2016
1. De conformidad con la Ley 1/2015, de 24 de marzo, la Biblioteca Nacional de España tendrá, para el cumplimiento de sus fines, un patrimonio propio, distinto al de la Administración General del Estado, integrado por el conjunto de bienes y derechos de los que es titular. 2. Asimismo, como establece la Ley 1/2015, de 24 de marzo, quedarán adscritos al organismo para el cumplimiento de sus fines los bienes del patrimonio del Estado que acuerde el órgano correspondiente.
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eli/es/rd/2016/12/09/640#art-20

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