Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 26 may 2010
Se da nueva redacción a esta disposición adicional quinta, manteniendo su actual rango normativo: Asimismo, también será considerado como mérito para el ingreso y la promoción interna en el Cuerpo Nacional de Policía haber ostentado la condición de deportista de alto nivel en los últimos cinco años, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. Dicho mérito será valorado de acuerdo con lo dispuesto en la normativa específica.»
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eli/es/rd/2010/05/14/637#disposicion-final-cuarta

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