Art. 8
En vigor desde 16 may 2010
Son funciones del Patronato:
a) Definir las directrices generales de actuación del Museo.
b) Aprobar el Plan anual de actividades y la Memoria de actividades.
c) Aprobar, en su caso, las alteraciones en la agrupación de las colecciones existentes a propuesta del Director del Museo.
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Proeli/es/rd/2010/05/14/636#art-8