Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 20 ene 2020
Todos los datos obrantes en el registro general de establecimientos del sector de la alimentación animal hasta la fecha de entrada en vigor de este real decreto, se integrarán en el registro general de establecimientos del sector de la alimentación animal regulado por este real decreto.
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Proeli/es/rd/2019/10/31/629#disposicion-transitoria-segunda