Art. Disposición final primera
En vigor desde 24 jun 2017
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para dictar las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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Proeli/es/rd/2017/06/16/617#disposicion-final-primera