Art. Disposición final segunda

En vigor desde 27 abr 1997
El presente Real Decreto de desarrollo del artículo 63 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en su redacción dada por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, de Medidas de Disciplina Presupuestaria, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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eli/es/rd/1997/04/25/612#disposicion-final-segunda

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