Capítulo CAPÍTULO I
Art. 7
En vigor desde 14 jul 2023
La persona titular del registro central de la propiedad intelectual será nombrada entre personal funcionario de la Administración General del Estado perteneciente a cuerpos o escalas del subgrupo A1, con Licenciatura o Grado en Derecho.
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Proeli/es/rd/2023/07/11/611#art-7