Art. 7
En vigor desde 2 mar 2018
1. El Pleno del CSDM estará compuesto por el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario General y los Vocales.
2. Serán Vocales del Pleno:
a) Los Presidentes de las Juntas Centrales de Educación Física y Deportes de los Ejércitos y del Cuerpo de la Guardia Civil.
b) El Subdirector General de Personal Militar de la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa.
c) El Subdirector General de Enseñanza Militar de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio de Defensa.
d) El Jefe de la Delegación Española en el Consejo Internacional del Deporte Militar, en adelante CISM.
e) Los Secretarios de las Juntas Centrales de Educación Física y Deportes de los Ejércitos y del Cuerpo de la Guardia Civil.
f) Un Oficial del Cuerpo Jurídico Militar, con destino en la Asesoría Jurídica General de la Defensa.
g) Un Oficial del Cuerpo Militar de Intervención, con destino en la Intervención delegada de la Subsecretaría de Defensa.
h) Un Oficial del Cuerpo Militar de Sanidad (Medicina) designado por el Inspector General de Sanidad.
i) Un representante de la Dirección General de Personal designado por el Subsecretario de Defensa.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2018/02/09/61#art-7