Art. Disposición transitoria única
En vigor desde 12 feb 2011
No obstante lo dispuesto en el artículo 2.3, en el año 2011 el plazo para la presentación de las declaraciones de las entregas efectuadas en 2010 por los declarantes, ante el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, finalizará el 1 de abril de 2011.
Asimismo, en el año 2011 el plazo establecido en el artículo 2.4 para que las comunidades autónomas comuniquen al Fondo Español de Garantía Agraria los datos relativos a las declaraciones recibidas para el año 2010, finalizará el 1 de mayo de 2011.
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Proeli/es/rd/2011/01/21/61#disposicion-transitoria-unica