Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 32
En vigor desde 2 ago 2025
El INJUVE proveerá los puestos de trabajo adscritos al personal, ajustándose a la legislación aplicable en materia de función pública.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2025/07/08/608#art-32