Art. 8
En vigor desde 23 jun 2018
1. El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Migraciones, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de Inmigración y Emigración, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
a. La Dirección General de Migraciones
b. La Dirección General de Integración y Atención Humanitaria.
B) La Secretaría de Estado de la Seguridad Social, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
2.º La Intervención General de la Seguridad Social.
C) La Secretaría de Estado de Empleo, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Trabajo.
2.º La Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas.
D) La Subsecretaría de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, de la que depende la Secretaría General Técnica.
2. Quedan suprimidas la Dirección General de Empleo y la Dirección General de Estadística y Análisis Sociolaboral.
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Proeli/es/rd/2018/06/22/595#art-8