Título TÍTULO III
Art. 25
En vigor desde 19 feb 2020
El Registro de Entidades Religiosas radica en Madrid y tiene carácter de Registro general y unitario para todo el territorio nacional. Está bajo la dependencia del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática como unidad administrativa adscrita a la Subdirección General de Libertad Religiosa.
Se modifica por la disposición final 1.2 del Real Decreto 373/2020, de 18 de febrero. Ref. BOE-A-2020-2386#df
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2015/07/03/594#art-25